¿Se pueden realizar contratos on-line con plena validez y eficacia entre las partes contratantes?
Si, los contratos realizados vía electrónica despliegan todos sus efectos siempre que concurra el consentimiento de los contratantes y los demás requisitos legales para la validez de cualquier otro contrato (esto es: el ya mencionado consentimiento, objeto cierto que sea materia del contrato y causa).
¿Qué Normas rigen los contratos electrónicos?
Las Normas que rigen estos contratos las hallamos en los artículos 23 a 29 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico; en el Código Civil y el Código de Comercio y en las restantes normas civiles o mercantiles sobre contratos, en especial, las normas de protección de los consumidores y usuarios y de ordenación de la actividad comercial.
¿Cómo se puede probar la existencia de un contrato on-line y las obligaciones pactadas?
Podemos emplear todos los ...